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SPOILER ALERT!

Trámites De Extranjería En Madrid

Trámites De Extranjería En Madrid

Tramitación de gestiones en materia de Extranjería, obtención de permisos de trabajo y solicitud de Nacionalidad Española

A través de la Gestoría FGM, damos cobertura a cualquier trámite de extranjería que necesite.

Tarjeta Comunitaria de residencia y trabajo para Familiar de Ciudadano UE

Presentación telemática de permiso de vivienda y trabajo de larga duración.

Ley de Emprendedores

Ley 14/2013

Renovación desde la Sede Electrónica del Permiso de Trabajo de Profesionales  altamente cualificados

Autorización de residencia de larga duración como es natural general de 5 años de residencia continuada en España, conforme el artículo 148.1 del real decreto 557/2011.

Autorizacion de Residencia para búsqueda de empleo

Renovación Vivienda o bien estancia por estudios

Renovaciones de la autorización de vivienda temporal y de trabajo por cuenta propia y extraña.

Renovación de la autorización de residencia no lucrativa, por reagrupación familiar y de estudiosos.

Confección y tramitación en línea y telemática de la Nacionalidad Española por residencia y demás supuestos.

Visado de estudios en España

Todas estas gestiones se efectúan por sistema implantado en la sede electrónica de la Segregaría de Estado de Administraciones Públicas de tramitación telemática de expedientes.

Les recordamos que la Ley de Extranjería en su articulado nos habla de las formas y opciones para la renovación y obtención del permiso de Vivienda y de trabajo.

Tipos de Permiso de trabajo por cuenta extraña y por cuenta propia:

  • Inicial, regulado en los artículos seiscientos treinta y uno y 63.5 del reglamento, establece una duración de un año, aceptando restricción para una ocupación determinada y un campo geográfico determinado.
  • Renovado, el permiso de trabajo por cuenta extraña renovado, tiene una duración de dos años, dejando realizar cualquier actividad en toda España (Artículo 72 del Reglamento de Extranjería).
  • 2ª Renovación, también por otros dos años y dejaría efectuar cualquier actividad en todo el territorio De España.
  • Larga duración (LD-CE), esta renovación de larga duración es ya por 5 años y autoriza a residir en España de forma indefinida.

Otros tipos de permisos de vivienda y trabajo:


  • Duración determinada, de temporada o campaña (nueve meses de duración), de obra o bien servicio (Máximo de un año con opción a prórroga), temporal (12 meses de duración con posibilidad de prorrogarse), para capacitación y prácticas profesionales (1 año de duración y opción a prórroga).



  • Especiales, multinacionales, cualificados, deportistas profesionales, trabajadores enrolados en buques, transfronterizos, autorizaciones puntuales para trabajar, trabajadores exceptuados, trabajo de los extranjeros penados, militares profesionales.


Duración determinada, de temporada o campaña (nueve meses de duración), de obra o servicio (Máximo de un año con opción a prórroga), temporal (12 meses de duración con posibilidad de prorrogarse), para formación y prácticas profesionales (1 año de duración y opción a prórroga).

Especiales, transnacionales, cualificados, atletas profesionales, trabajadores enrolados en navíos, transfronterizos, autorizaciones puntuales para trabajar, trabajadores exceptuados, trabajo de los extranjeros penados, militares profesionales. abogado extranjeria fuenlabrada


Renovación del permiso de trabajo y residencia (Artículo 71.2 del Reglamento de extranjería).

Plazo para la renovación del permiso de trabajo:

  • El plazo es de 60 días naturales previos a la finalización del mismo. Presentada la solicitud de renovación, prorrogará la validez del mismo hasta la resolución de la petición de prórroga.
  • También podrá presentarse la renovación durante los 90 días posteriores a la expiración, en un caso así puede abrirse un expediente sancionador por pedir la no renovación en el plazo de los sesenta días previos.

Forma de presentación de la renovación:

  • Forma presencial.
  • A través de Internet, mediante la presentación telemática.

Requisitos:

  • Continuidad de la relación laboral que dio origen al permiso de trabajo.
  • Acreditar la realización habitual de la actividad para la que se concedió la autorización durante un mínimo de 6 meses por año y haya subscrito un nuevo contrato de trabajo que reúna los requisitos del artículo 64 del Reglamento de extranjería.
  • Acreditar un periodo mínimo de tres meses por año, toda vez que la relación laboral cuya renovación se pretende se interrumpiera por causas extrañas a su voluntad y que haya buscado activamente empleo y que en el instante de pedir la renovación tenga un contrato de trabajo en vigor.
  • Supuestos de exención de contrato de trabajo o bien suspensión de la relación laboral violencia sexista.
  • Acreditación de alta en la seguridad social de 9 meses en un periodo de 12 meses o de 18 meses de alta en período de veinticuatro meses. Buscando activamente empleo y finalizando la última relación laboral por causas extrañas a su voluntad.
  • Causas del artículo setenta y dos.1 f del reglamento de extranjería.
  • Ser perceptor de una prestación contributiva de desempleo.
  • Ser adjudicatario de una prestación económica asistencial de carácter pública.
  • Acreditar la escolarización de los menores.

Tipos de solicitudes

  • Inicio de la solicitud en el País de Origen.
  • Inicio en España, a través de el presunto de arraigo social.

En la actualidad, para poder solicitar el permiso de vivienda y trabajo se deben cumplir unas condiciones anteriores demandadas por la Ley de extranjería y su Reglamento como son:

  1. Comparecencia personal del empresario como único legitimado en la solicitud en los registros habilitados al efecto
  2. Verificación de la Situación Nacional de Empleo (SNE). Sólo se superará este filtro para otorgar autorizaciones de trabajo en las próximas circunstancias:
  • a) Supuestos del Artículo 40 de la Ley de extranjería, donde se regulan los puestos de confianza.
  • b) Figurar en el Catálogo de Ocupación de difícil Cobertura (CODC)que se publica de forma trimestral .
  • c) Ser Nacional de Chile o Perú, con estos dos países existe un Convenio de doble nacionalidad que así lo establece.
  • d) Que el INEM o bien SEPE certifique la insuficiencia de trabajadores para el puesto ofertado

Cuestiones generales:

  • Contenido del Contrato de trabajo, la duración de be ser igual o superior al período del permiso que queramos pide, por norma general un año siendo una solicitud inicial, el sueldo establecido ha de ser por lo menos el SMI actual de año en año, pues se estima que el único recurso con el que cuenta el trabajador extranjero es su salario. No se permite poner SEGÚN CONVENIO o bien S/C, debe indicarse numéricamente el importe, debe contenerlas horas de trabajo, en general cuarenta horas para poder tener recursos para vivir.
  • Solvencia económica del empleador, el empleador debe tener suficiente capacidad económica para poder abonar las cuotas de la Seguridad Social, se inadmitirá la petición en el caso de tener deudas con la seguridad social o bien emplear más del cincuenta por cien de la nómina en costear los costes de una .
  • Que los trabajadores extranjeros que se pretendan contratar carezcan de en España y en sus países precedentes de residencia, que no se hallen irregularmente en España, pagar la TASA en el modelo 790 por la tramitación de la autorización de Vivienda Temporal.

Desde la Gestoría FGM, le tramitamos su petición de RENOVACIÓN DEL PERMISO DE TRABAJO Y RESIDENCIA de forma telemática, veloz, sencilla y económica.
Le enviaremos el justificante telemático de entrada en el registro de la solicitud y en poquitos días le enviaremos su resolución de la renovación dependiendo del trabajo de la Administración Pública.

Le enviaremos el justificante telemático de entrada en el registro de la solicitud y en pocos días le enviaremos su resolución de la renovación en función del trabajo de la Administración Pública.

Adquisición de la Nacionalidad por Residencia

Finalmente rememorar que desde la Gestoría FGM, se tramitan también expedientes de Nacionalidad, que la adquisición de la Nacionalidad por Vivienda viene establecida en el artículo 22 del CC y que se puede conseguir por el extranjero que haya residido en España de forma legal y continuada durante un plazo de 10 años, cinco años, 2 años o un año conforme los casos.